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CNDJ reitera que la libertad de expresión de los jueces tiene límites
Bogotá, D.C. 20 de marzo de 2026. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción impuesta a un juez de la República, al establecer que durante audiencias afirmó que “la policía se ha convertido en una fuerza terrorista que ataca y atenta contra los ciudadanos” y que “lo normal es que cualquier persona cuando vea un policía se asuste”, expresiones emitidas en ejercicio de la función judicial que resultaban ajenas al deber de respeto exigido a quien administra justicia.
Al analizar el caso, la Corte Disciplinaria determinó que el funcionario desbordó el marco de su rol al introducir valoraciones generales contra una institución del Estado, pese a que debía limitar su intervención a resolver los asuntos sometidos a consideración, además, concluyó que dichas afirmaciones no guardaban relación con la decisión que correspondía adoptar y afectaron la imagen de la administración de justicia.
Durante el trámite, la defensa alegó que las expresiones estaban amparadas por la libertad de expresión y por el contexto social del país, sin embargo, la Corporación precisó que ese derecho no es absoluto cuando se ejerce desde la función pública, dado que impone límites orientados a preservar la confianza ciudadana y el respeto por las instituciones, en ese sentido, estableció que el juez actuó de manera consciente al emitir tales calificativos.
Datos de Consulta: Sentencia 68001250200020210057402 – M.P. Carlos Arturo Ramírez Vásquez