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La confesión disciplinaria es personal y no puede delegarse
Bogotá, D. C., 31 de julio de 2026. Un escrito leído por el defensor en audiencia terminó convertido en una confesión que nunca ocurrió, porque el abogado investigado no asistió, tampoco aceptó los hechos ni manifestó comprender sus consecuencias y, contrario a esa realidad, la autoridad disciplinaria aseguró que había comparecido libre y espontáneamente, afirmación desmentida por las grabaciones del trámite.
Ante esta contradicción, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial anuló lo actuado desde la audiencia de pruebas y calificación, y precisó que admitir responsabilidad comporta disponer del derecho a guardar silencio, a renunciar a la presunción de inocencia y al derecho de controvertir y solicitar pruebas, facultad personalísima que ningún poder permite trasladar al apoderado.
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Radicado: 13001250200020250041201 M.P.: Carlos Arturo Ramírez Vásquez.