Urgencia de resolver una solicitud de libertad no autoriza al juez a desconocer las reglas de competencia

 
 

Bogotá, D. C., 7 de octubre de 2026. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción impuesta a un juez que adelantó una audiencia de revocatoria de medida de aseguramiento sin tener competencia territorial y omitió citar a personas con interés directo en el proceso, pese a que anteriormente el superior funcional había determinado que esa solicitud correspondía a los jueces de control de garantías de otra ciudad. Además, precisó que la urgencia de los asuntos relacionados con la libertad no permite desconocer el debido proceso y que el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa no releva al juez de verificar si se cumplen los requisitos legales para asumir el conocimiento, pues ambos deberes pueden cumplirse al mismo tiempo. 

Consulta providencia 

Radicado: 08001110200020210069301. Magistrado ponente: Alfonso Cajiao Cabrera.